Alcaldía de Gachancipá

Radicación de solicitudes para PQRSDF

Apreciado ciudadano, le damos la bienvenida a este espacio en el que usted podrá interponer sus peticiones, quejas, reclamos, solicitudes, denuncias o felicitaciones (PQRSDF) en la Alcaldía de Gachancipá. 

Le invitamos a radicar su solicitud seleccionando la secretaría o dependencia a la cual desea interponer su (PQRDSF).

Su fundamento legal se encuentra en: Constitución Política de 1991 en su artículo 23, la Ley 1266 de 2008, la Ley 1581 de 2012, el Decreto 1377 de 2013, la Ley 1712 de 2014, la Ley 1755 de 2015, el Decreto 103 de 2015 y el Decreto 1166 de 2016.

Para consultar el estado de sus solicitudes, puede hacerlo por medio del siguiente enlace:

Tenga en cuenta esta información en el momento de realizar su solicitud:

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Petición: Es aquel derecho que tiene toda persona para solicitar o reclamar ante las autoridades competentes por razones de interés general o interés particular para elevar solicitudes respetuosas de información y/o consulta y para obtener pronta resolución de las mismas.

 

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Queja: Insatisfacción con la conducta o la acción de los servidores públicos o de los particulares que llevan a cabo una función estatal y que requiere una respuesta.
 
 

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Reclamo: Insatisfacción referida a la prestación de un servicio o la deficiente atención de una autoridad pública, es decir, es una declaración formal por el incumplimiento de un derecho que ha sido perjudicado o amenazado, ocasionado por la deficiente prestación o suspensión injustificada del servicio.

 

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Sugerencia: Recomendación entregada por el ciudadano, que tiene por objeto mejorar el servicio que se presta en cada una de las dependencias.

 

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Denuncia: Es la puesta en conocimiento ante una autoridad competente de una conducta posiblemente irregular para que se adelante la correspondiente investigación disciplinaria y se remitan las correspondientes copias a las entidades competentes de adelantar la investigación penal y/o fiscal.

Felic

 

Felicitación: Una felicitación es un reconocimiento a funcionarios, contratistas, dependencias y/o la institución por su buena labor en los servicios ofrecidos a los usuarios. Las felicitaciones deben ser atendidas dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su recepción.

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Petición de consulta: Una solicitud de consulta se presenta para someter a consideración de la Entidad asuntos relacionados con sus competencias. Las respuestas a estas consultas no son vinculantes, no obligan a la Entidad y no generan responsabilidad. Las peticiones de consulta deben resolverse en un plazo de treinta (30) días hábiles a partir de su recepción.

 


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Publicación: 11/04/2025
Modificación: 16/04/2025